Asesoría Alicante, te muestra los aspectos imprescindibles para el éxito en la venta online

business-deal-10041896Desde Asesoría Alicante te enumeramos los principales aspectos fiscales que deben ser tenidos en cuenta cuando se efectúan ventas o prestaciones de servicios a través de internet ya que estas nociones fiscales evitan en gran medida futuros problemas relacionados con la fiscalidad de la empresa Desde un punto de vista de la imposición directa los principales retos que plantea el comercio electrónico, tanto para los contribuyentes como para las administraciones, son las cuestiones relativas a la residencia fiscal (¿qué país tiene derecho a gravar la renta mundial de la sociedad?) y a la determinación de la renta atribuible a cada uno de los intervinientes –especialmente, cuando dichos intervinientes se encuentran en países diversos-  

Asimismo, son cuestiones de gran trascendencia tanto la naturaleza de las rentas obtenidas en otros países –en caso de existir un Convenio para Evitar la Doble imposición suscrito entre España y el país en el que se efectúan las ventas, los beneficios empresariales están exentos de tributación en el país en cuestión-, como el hecho de si la presencia que puedan tener las sociedades españolas en los distintos países que operan puede constituir un establecimiento permanente, lo que determinaría la obligación de tributar en dichos territorios, aun cuando las rentas obtenidas tuvieran la consideración de beneficios empresariales.  

En cuanto a la imposición indirecta, lo primero que debe hacerse es distinguir entre el comercio electrónico directo (on-line), que es aquel en el que la totalidad de la operación se efectúa por internet, y el comercio electrónico indirecto (off-line), que es aquel en el que, si bien se contrata por internet, se presta por medios tradicionales (e.g. compras a través de páginas web en las que los productos son enviados por correo). Esta distinción es relevante por cuanto afecta a la calificación de la operación y, por tanto, a la determinación de si debe o no facturarse con IVA.
 
Por último, al hablar de la imposición indirecta, se hace mención al régimen especial de ventas a distancia, que determina la obligación de registrarse a efectos de IVA (y, por tanto, facturar con el IVA del país en cuestión e ingresar dicho IVA en la Hacienda del mencionado país) en aquellos países de la Unión Europea en los que las ventas efectuadas a particulares superen unos importes a lo largo del año. 
 
La asesoría Alicante, tiene asesores los cuales pueden ayudarte a empezar un nuevo negocio mediante la venta online.

LEAVE REPLY

Tu dirección de correo electrónico no será publicada. Los campos obligatorios están marcados con *