¿Quién debe justificar las dietas?

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En tu asesoría en Alicante nos gusta informarte de todos los cambios en cuanto a normativas, leyes o sentencias que tengan que relación con las empresas y una de ellas habla de las dietas de los trabajadores. Una reciente sentencia del Tribunal Superior de Justicia de Galicia, establece que las empresas son las encargadas de justificar ante Hacienda las dietas de sus trabajadores.

Las dietas se encuentran exentas de tributación, siendo una vía retributiva que las empresas pueden generalizar y usar de forma fraudulenta, razón por la que hacienda se encuentre extremando los controles desde hace ya bastante tiempo.

¿Quién debe justificar las dietas?

El problema radica en que hay que demostrar que el gasto, posteriormente cobrado por el empleado, responda a una necesidad asociada al trabajo y también a quien corresponde justificarlo.

Según el tribunal, esta responsabilidad correspondería a la empresa, aunque se pueden tener varias interpretaciones, sobre todo si nos fijamos en el artículo 105.1 de la Ley General Tributaria de la AEAT, en el que se establece que “quien haga valer su derecho tendrá  que probar los hechos constitutivos del mismo” y siguiendo esta premisa ha ido exigiendo al trabajador que justifique los gastos de locomoción y el motivo laboral del mismo.

Por su parte, la Agencia Tributaria declara que a partir de ahora, lo que hará será requerir la justificación al pagador y ha avanzado que los procesos que han sido recurridos pueden volverse a liquidar si no han prescrito, recordando que la sentencia del tribunal gallego no ha sentado jurisprudencia.

Si los afectados están en comprobación por la AEAT, se recomienda no admitir la liquidación y recurrirla y  si se ha pagado se puede instar a Hacienda para la devolución de las cantidades que se han ingresado indebidamente.

Si tienes dudas sobre este tema, te recordamos que desde estas asesoría en Alicante estaremos encantados de asesorarte y dar respuesta a cualquier duda que puedas tener al respecto.

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