Desde nuestra asesoria laboral queremos tratar el tema del contrato laboral, es decir, lo relativo a su duración, el período de prueba y a los derechos y deberes inherentes al contrato laboral.
DERECHOS DE LOS TRABAJADORES DERIVADOS DEL CONTRATO:
En lo que respecta a los derechos y deberes del contrato laboral, prima el derecho a la no discriminación en las relaciones laborales, es decir, que en lo que respecta al salario, a la jornada laboral, los días libres, y cualquier otra obligación que surja del contrato, no podrá hacerse de modo discriminatorio entre los diversos trabajadores de la empresa. Cualquier acto discriminatorio se tendrá por nulo y no tendrá efecto alguno.
Otro de los derechos del trabajador es que este, en el desarrollo de su actividad laboral, tendrá derecho a una protección eficaz en materia de seguridad e higiene siendo el empresario el que está obligado a facilitarle una formación práctica en materia de seguridad e higiene.
DURACION DEL CONTRATO
En cuanto a la duración del contrato, éste puede ser indefinido o por duración determinada, no obstante, antes de tratar este tema, es necesario referirnos al período de prueba que puede darse en cualquier relación laboral.
En el caso de periodo de prueba, éste no podrá exceder de 6 meses para los técnicos titulados o de 2 en el caso de los demás trabajadores (salvo que las partes pacten otro plazo).
En virtud del período de prueba, el trabajador tendrá derecho a un trato igualitario respecto de los demás trabajadores en la empresa y una vez terminado dicho período, si el empresario decide no continuar con la relación laboral deberá basarse en causas objetivas, tales como por ejemplo que el trabajador no realizaba de manera adecuada su labor.
Si por el contrario, el empresario decide finalmente contratar al trabajador, podrá hacerle un contrato laboral bien de forma indefinida, en virtud del cual, se entiende aquel contrato en el cual no se fija límites para su duración y los trabajadores con dicho contrato pueden considerarse como trabajadores “fijos”, o bien temporal, que se explica en contraposición al contrato laboral de forma indefinida, es decir, se establece una duración determinada para las prestaciones de servicio del trabajador.
Para cualquier duda respecto de este tema, no dude en remitírnoslo bien mediante esta página web o bien a través de los teléfonos proporcionados para ello, o bien, acuda a su asesoria laboral.