Desde nuestra asesoría le contábamos qué tipos de marcas existían y las prohibiciones a tener en cuenta a la hora de solicitar su registro. Hoy haremos lo mismo pero respecto de las patentes.
La patente puede ser definida como aquel título que se le otorga a una persona, considerada inventor, sobre un objeto o un procedimiento inventado por éste a cambio del pago de unas tasas y de su puesta a disposición a la comunidad para su conocimiento.
Para que sea posible patentar un determinado objeto o procedimiento es necesario que cumpla tres requisitos cumulativos, es decir, se han de dar los tres o sino no es posible patentar el objeto o procedimiento:
a) Novedad: este requisito significa que el objeto o procedimiento no ha de existir con anterioridad a la solicitud de la patente, ha de ser nuevo.
b) Actividad inventiva: se establece respecto de este invento que el objeto o procedimiento que se pretende patentar no sea evidente para un experto en la materia, es decir, que desconociera su utilidad anteriormente.
c) Susceptible de aplicación industrial: con esto a lo que se refiere es a que el objeto o procedimiento que se pretende patentar sea de utilidad para la comunidad que pretenda usarlo, es decir, que su objeto pueda ser fabricado o utilizado en cualquier clase de industria.
Aunque existan objetos o procedimientos que cumpla con los tres requisitos citados, no puede ser objeto de patente, entre otros:
- Aquellos objetos o procedimientos que sean contrarios al orden público
- Procedimientos de clonación de seres humanos
- Utilización de embriones humanos con fines científicos o industriales
No obstante, existen determinados objetos o procedimientos que no son susceptibles de poder patentarse, entre los que cabe destacar:
a) Los descubrimientos, ya que en este caso el objeto o procedimiento ya existía con anterioridad sólo que nadie lo había descubierto.
b) Todos aquellos que estén protegidos por derecho de autor, es decir, obras literarias, artísticas o científicas o cualquier otra creación estética.
Para cualquier duda respecto de este tema o de cualquier otro, no dude en contactar con nosotros a través de nuestra página web o mediante los números de teléfono facilitados para ello, o bien, acuda directamente a su asesoría.