¿Qué es el servicio del hogar familiar? ¿Quiere contratar empleados de hogar? Nuestra asesoría laboral trata este tema

Desde nuestra asesoría laboral vamos a explicarle en qué consiste este tipo de trabajo y es que se trata de una relación laboral especial entre el empleador, que ha de ser una persona física (no se permite este tipo de contratos concertados entre una empresa y el trabajador), y el trabajador, el cual ha de prestar servicios domésticos en el hogar del empleador.

asesoría laboral en materia de servicios del hogar

Dentro de los servicios domésticos cabe incluir el cuidado o atención de los miembros de la familia contratante, las tareas domésticas, guardería, jardinería, así como todas aquellas que tengan que ver con el cuidado del hogar.

En cuanto a la forma del contrato, se puede realizar de forma oral o escrita.

Se permite tener al trabajador en un período de prueba que no exceda de dos meses y finalizado este plazo, si decide contratarlo, podrá celebrar el contrato por tiempo indefinido  o con una duración determinada

No obstante, siempre que el contrato exceda de cuatro semanas, es necesario que se haga por escrito y en él consten los siguientes datos:

a)      El salario a percibir por el trabajador, haciendo alusión al salario en especie cuando así se haya pactado.

b)      Duración del contrato y el tipo de jornada. Si bien, la jornada máxima será de 40 horas semanales,  debiendo mediar entre el final de una jornada y el inicio de la siguiente  12 horas de descanso.

c)       Si contrata a un empleado de hogar interno, éste tendrá derecho a dos horas diarias para las comidas principales y el descanso semanal será de 36 horas consecutivas.

d)      El período vacacional será de 30 días naturales al año y podrán fraccionarse en dos o más períodos.

Es necesario que el salario no sea inferior al Sueldo Mínimo Interprofesional aunque se permite el pago en especie que no exceda del 30% del salario del trabajador. Asimismo, tendrá derecho a dos pagas extraordinarias al año.

En cuanto a los incentivos de los que pueden ser beneficiarios los empleadores, durante el año 2014 tendrán derecho a la reducción del 20% de las cotizaciones devengadas por la contratación de personas empleadas del hogar siempre que la obligación de cotizar se haya iniciado a partir del  1 de Enero del 2012.

 

Ante cualquier duda, contacte con nosotros a través de nuestra página web o números de teléfono facilitados para ello o bien, acuda a su asesoría laboral.

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