Desde hace un par de años existe un tema abierto a debate en innumerables foros y blogs acerca de si es mejor abrir una sociedad limitada en UK en lugar de hacerlo en España o de ser autónomo español. En su asesoria en alicante hemos investigado el tema en profundidad y os contaremos aquello que otros, ya sea por desconocimiento o interés, omitieron.
Hace un par de semanas investigando la legislación y los cambios que se habían producido en cuanto al comercio electrónico, para algunos de nuestros clientes, nos topamos con un artículo que presentaba las grandes ventajas de montar una empresa en UK (aunque uno siga viviendo en España) frente a hacerlo en España. La gran baza con la que el artículo contaba era la facilidad burocrática que ofrecía el asunto y los costes netamente inferiores. Nos gustó tanto la idea que nos pusimos a investigar y hemos encontrado alguna incongruencia tanto en los artículos que defendían dicha idea como en los que iban en contra.
Para albergar luz en el asunto se lo explicaremos mediante 3 puntos concordes con los casos que se podrían dar: 1. Residente español monta negocio en España; 2. Residente inglés monta negocio en UK; 3. Residente español monta negocio en UK.
1. Residente español monta negocio en España
Las opciones más utilizadas en España para abrir un negocio siendo residente español son darse de alta como autónomo o constituir una SL.
En el caso de querer darse de alta como autónomo si no estuvo dado de alta en este régimen en los últimos 5 años, o es su primera vez, y no tiene pensado emplear trabajadores por cuenta ajena podrá beneficiarse de la cuota plana de 53 euros durante los primeros 6 meses. A partir del séptimo mes hasta el doceavo pagaría 131,36 euros y del mes numero 13 al 18, 183,55 euros. Con la excepción de que los jóvenes menores de 30 años y las mujeres menores de 35 se benefician de una bonificación adicional que consiste en que a partir del mes numero 19 al 30 seguirán pagando 183,55 euros.
Por el contrario si se desea montar una SL, ademas de los gastos de constitución que rondan un par de cientos y el capital mínimo a desembolsar que en España serían 3006 euros, deberá abonar la cuota de 314 euros mensuales como autónomo societario y en este caso no se aplicarán las reducciones anteriormente mencionadas. Así como el correspondiente impuesto sobre sociedades a final del ejercicio económico (15% por la base imponible comprendida entre 0 y 300.000 euros 20% por la base imponible restante).
2. Residente inglés monta negocio en UK
En este caso cuando hacemos referencia a un residente inglés podría tratarse de un ciudadano español establecido en UK o perteneciente a cualquier otro estado miembro que tenga su residencia en dicho país. Al igual que en España la forma más común que tienen para constituir un negocio sigue siendo la de self-employed (autónomo) o limited company (sociedad limitada).
Siguiendo las mismas bases que en el caso anterior si se quiere dar de de alta como self-employed y no tiene pensado emplear trabajadores, ademas del Income Tax and Self Assessment (impuesto sobre la renta) que le corresponda, deberá pagar una tarifa plana en concepto de National Insurance contributions (contribuciones a la seguridad social) de 2,75£ a la semana (aproximadamente 3,5€ a la semana). Estas contribuciones podrían ser exentas en caso de que sus ingresos generales estén por debajo de 5885£ anuales (aproximadamente 7452 € anuales). La gran ventaja que presentan los autónomos ingleses frente a los españoles ademas de la reducida contribución a la seguridad social (también debida a un sistema sanitario diferente y probablemente un impuesto sobre la renta mayor) es el hecho de que estos no tienen la obligación de inscribirse en el registro del VAT (el equivalente al IVA español) hasta que no alcancen una cifra de negocio de 79000£ (aproximadamente 100000€) y tampoco existe el recargo de equivalencia. Aunque si lo desean esta alta puede ser voluntaria y de esa manera aunque repercutiríamos VAT (IVA) ,aumentando así el precio de nuestro producto o servicio de cara al consumidor final, también podríamos deducirnos el soportado.
En cambio si quisiera montar una limited company (SL) debería primero registrarla en Companies House (registro mercantil) con un capital mínimo inicial de 1£. Los gastos de constitución en este caso rondarían las 50£ (aproximadamente 63€). Posteriormente tendría usted un plazo de 3 meses desde que inició su actividad para comunicarle a HM Revenue & Customs (Agencia tributaria y de aduana británica) que su negocio esta activo. De esta manera ellos actualizarían los datos que la Companies House ya se encargó de pasarles y le comunicarían los plazos que tiene para pagar anualmente el impuesto sobre sociedades (20% para beneficios de hasta 300000£ o aproximadamente 380000€). Asimismo las sociedades de responsabilidad limitada necesitan tener obligatoriamente un director o administrador. Si usted es el director de su propia SL y NO se paga ningún salario o si lo hace pero con el límite de 5885£ anuales estaría exento de deducir el impuesto PAYE y seguridad social así como de pagar seguridad social Clase 1 por usted como trabajador de la empresa. Pero tiene que tener en cuenta que en caso de atenerse a ello no disfrutara usted de ninguna cobertura médica o jubilación. Siguiendo con el supuesto la manera más usual de pasar el dinero de la cuenta de la empresa a la suya sería mediante dividendos. (10% para dividendos por debajo de 31865£ o aproximadamente 40330€). En cuanto al VAT (IVA) el comportamiento es similar al de los self-employed.
3. Residente español monta negocio en UK
Si han leído ustedes los 2 puntos anteriores habrán descubierto que a la hora de empezar un negocio las ventajas de ser residente inglés y emprender un negocio allí son netamente superiores a ser residente español y emprender un negocio en España (aunque una vez que se gane dinero de manera contaste no le aseguramos que las cosas sigan así). Por lo tanto como todo ser racional los españoles intentamos conseguir lo mejor de los dos mundos, o sea, la facilidad burocrática de emprender en UK pero teniendo residencia permanentemente en España. Para ello la única solución sería montar una SL, ya que en lo referente a la modalidad de autónomo o eres autónomo aquí o lo eres allí.
En cuanto al proceso de montarla, sobre el papel, los pasos y requisitos serían los mismos, PERO para que nuestra compañía inglesa sea considerada inglesa a efectos de las leyes europeas debe:
- Facturar más de un 50% fuera de España (ya que de lo contrario la Agencia Tributaria española entenderá que sus principales intereses económicos están en España y tendrá que tributar por ello).
- Entenderse realmente localizada en UK su sede de actividad económica. Y aquí es donde se pierde la gran ventaja anglosajona, ya que localizar la empresa allí sin defraudar al fisco va a empezar a sacar dinero del bolsillo. Su empresa debería tener un dirección virtual allí, donde le manden todo el correo físico y la identifiquen como residencia de la persona jurídica y ademas contar con un nominee director (director fiduciario) convenientemente residente en UK. La dirección virtual tiene un coste de unas 50£ anuales mientras que el nominee director unas 500£ anuales (aproximadamente unos 633€).
Obviamente a estos gastos le tendrá que sumar usted algún que otro viaje necesario para ver que tal lo llevan per se.
Expuestos los casos dejamos a su consideración la conveniencia de emprender en un sitio u otro siendo residentes en un sitio u otro y si los menores gastos le compensan el esfuerzo y la confianza necesaria que hay que aportar cuando se quiere emprender una aventura de tal calibre. Seguramente nos hemos dejado alguna que otra cosa en el tintero, pero estamos abiertos a todas sus preguntas y dudas asi que no duden en comentarnos cualquier detalle que encuentren relevante.
Esperamos su colaboración a través de sus comentarios en asesoria en alicante.
*Tipo de cambio aplicado: 1.266143