El mes pasado ha visto la luz la Ley 34/2015, reforma parcial de la Ley General Tributaria 58/2013 , que había experimentado anteriormente abundantes correcciones, cuyo único objetivo era la prevención y lucha contra el fraude fiscal. Sin embargo, actualmente presenciamos cambios más diversos.
Entre las diferentes alteraciones que se han producido cabe destacar:
- Los responsables subsidiarios de la deuda tributaria pasan de ser los agentes y comisionistas de las aduanas a los representantes aduaneros.
- El plazo de las actuaciones inspectoras han pasado de 12 meses, contado desde la fecha de notificación al obligado tributario del mismo, hasta 18 meses, con carácter general.
La Ley 34/2015 ha entrado en vigor en un contexto de recuperación económica, se trata de una reforma más profunda y con medidas más variadas que constituyen un cambio de tendencia, donde se plasman tres grupos de medidas que buscan potenciar la información a disposición de la Administración Tributaria, resolver determinados procedimientos y mejorar otros para conseguir una mayor eficacia en la lucha contra el fraude fiscal con el fin de:
- Reducir la conflictividad.
- Incrementar la seguridad jurídica
- Potenciar la lucha contra el fraude.
Por una parte una de las medidas de lucha contra el fraude fiscal es la la norma antiabuso que consiste en la introducción de una nueva infracción tributaria para sancionar supuestos que ya hayan sido declarados por la Administración como conflicto en la aplicación de la norma tributaria.
Por otra parte, la ampliación de las potestades de comprobación e investigación es otra de las medidas de lucha contra el fraude fiscal, entre las que se encuentra:
- Distinción entre los derechos a comprobar y a liquidar.
- Plazo de 10 años para la comprobación de bases, cuotas o deducciones pendientes.
- Plazo para el procedimiento de inspección de 18 meses (hasta ahora era de 12 meses, prorrogable por otros 12).
Esta medida aborda el aumento de los plazos de duración del procedimiento inspector y la simplificación de los supuestos para su interrupción.
De esta manera aporta claridad y simplicidad al procedimiento y evitará que costosas investigaciones sean anuladas por defectos en los plazos, dejando impunes a graves conductas fraudulentas.
Para más información sobre la modificación de la Ley General Tributaria, no dude en contactar con nuestra asesoría.