¿Qué hacer si no se cobran facturas impagadas?

Facturas impagadas

Desde esta asesoría en Alicante sabemos que en el mundo empresarial se producen muchas situaciones y se dan muchos casos en los que una empresa tiene acreedores y no les han pagado. La factura se queda sin cobrar y como el ingreso estaba contabilizado hay que tributar a Hacienda. ¿Qué se puede hacer en estos casos?

Deducir la deuda de la factura

Hacienda nos ofrece la oportunidad de deducir esa deuda como si se tratase de un gasto, pero para ello debe cumplirse al menos una de estas cuatro condiciones: que el cliente esté declarado en concurso de acreedores o esté procesado por alzamiento de bienes, que hayan pasado seis meses desde que venció la obligación y que la deuda haya sido reclamada judicialmente.

A pesar de ello hay excepciones que debemos tener en cuenta y que pueden impedir que deduzcamos la deuda, como por ejemplo si la deuda se encuentra garantizada mediante seguro de crédito, caución o derechos reales.

Si está afianzada por entidades de crédito o derecho público o si se ha renovado la obligación de pago con el cliente, lo que haría que tuviésemos que esperar a que transcurran de nuevo seis meses sin cobrar desde el nuevo plazo de vencimiento.

Como tu asesoría en Alicante queremos recordarte que se debe indicar en las facturas tanto el modo de pago como el periodo efectivo para ello y es recomendable que no sea superior a 60 días.

Cuando tengamos un impago hay que contactar con el cliente para ver si ha sucedido alguna clase de malentendido. Hay ocasiones en las que el cliente no puede hacer frente al pago, por tanto si queremos cobrar hay que ofrecerle alguna facilidad pactando plazos por ejemplo.

En caso de que el cliente obre a mala fe, no nos quedará más remedio que poner el caso en manos de un abogado para que se actúe en consecuencia.

LEAVE REPLY

Tu dirección de correo electrónico no será publicada. Los campos obligatorios están marcados con *