Asesoria en alicante ¿Qué Organismos y leyes rigen el comercio online?

ID-100206979Desde su asesoria en alicante le informamos que al montar un negocio por Internet hay que asumir una identidad, responsabilidades fiscales y legales. Por lo tanto hay que inscribirse en ciertos organismos reguladores y cumplir con una serie de leyes. ¿Cuáles?  

A modo introductorio hacerles constar que los requisitos legales para dar de alta un comercio electrónico son los mismos que los de crear una empresa física (o darse de alta cómo autónomo para facturar) pero con la diferencia que no se tienen que llevar a cabo trámites de apertura de una tienda física o despacho.

En el caso de que ya disponga usted de una empresa física tan sólo deberá asegurarte de que el alta en el Impuesto de Actividades Económicas (IAE) le permite la comercialización a distancia, y en caso de que no, darse de alta en el registro de ventas a distancia.

Por otro lado si es la primera vez que realiza una actividad comercial o profesional tendrá que seguir los siguientes pasos.

Primero, crear una empresa o darse de alta como autónomo para cumplir con sus obligaciones fiscales. Asimismo, hay jurisprudencia y doctrina que entiende que si los rendimientos del administrador de una tienda online son menores que el Salario Mínimo Interprofesional (SMI) anual, no se cumpliría el requisito de habitualidad necesario para el alta en el Régimen especial de trabajadores autónomos (RETA). Ello implicaría que podrá ejercer de manera legal su actividad de venta online, cumpliendo con las obligaciones fiscales y otras que se detallan a continuación. Pero tienen ustedes que saber y tener muy claro que si la Seguridad Social comprueba la situación y entiende que debiera existir el alta, podrá reclamar lo adeudado desde la apertura de la tienda.

Lo segundo sería darse de alta censal en la Agencia Tributaria rellenando el modelo 036 y escogiendo el epígrafe correspondiente de su actividad (IAE), teniendo en cuenta que se dedicará a ventas a distancia y por consiguiente tendrá la obligación de comunicar sus datos en el plazo de tres meses desde el inicio de la actividad, al Registro de Empresas de Venta a Distancia del Ministerio competente en materia de comercio, para su inscripción registral.

En cuanto a otras obligaciones legales que debería cumplir un comercio online encontramos la imposición de respetar la Ley de Servicios de la Sociedad de la Información y de Comercio Electrónico en España (LSSI), que tiene como requisitos el deber de información para la protección de los clientes(nombre de la empresa o individuo, domicilio social de la empresa, e-mail, NIF o CIF, aviso legal y condiciones) y la regularización de la Publicidad por Internet y el SPAM (imprescindible contar con la autorización previa). Así como la Ley de Protección de datos (LOPD)que obliga a todas las empresas que dispongan de datos personales de terceros a darse de alta en la Agencia de Protección de Datos. Y por último la Ley del Comercio minorista ligada a la Venta a distancia, que exige:

  • Información detallada del producto: proveedor, características, precio, gastos de envío, forma de pago, modalidades de entrega y validez de la oferta.

  • Plazos de pedido: si no se indica el plazo, el pedido debe enviarse dentro de los 30 días siguientes a su realización.

  • Derecho de desistimiento: El comprador podrá desistir libremente, o sea devolver la compra, dentro del plazo de 14 días (según la nueva  Ley 3/2014) contados desde la fecha de recepción del producto (exceptuando los productos de uso inmediato, como los de higiene corporal o similar que no puedan ser devueltos).

 

Finalmente recordad que pueden enviarnos todas sus dudas y consultas a través de sus comentario en asesoria en alicante. 

 

 

LEAVE REPLY

Tu dirección de correo electrónico no será publicada. Los campos obligatorios están marcados con *