Limitaciones del pago en efectivo

Desde el 19 de noviembre de 2012 la Ley 7/2012 prohíbe realizar pagos de más de 2.500 euros en efectivo, pero con varias características. Por ejemplo, esta Ley solamente afecta a las operaciones comerciales y no entre particulares. Desde tu asesoría en Alicante queremos explicarte a qué te expones tanto como empresario como trabajador autónomo si realizas operaciones comerciales abonando más de esa cantidad.

Pago en efectivo mayor de 2500 euros

Como hemos dicho, esta Ley no afecta a los particulares, por lo que si se quiere realizar cualquier compra o venta entre familiares o amigos, por ejemplo, sí se puede realiza un pago en efectivo de más de 2.500 euros.

Otro punto importante es que en caso de una compra o venta que supere los 2.500 euros, no importa si se paga todo a la vez o se fracciona en diferentes plazos dado que en este caso deben sumarse todos los importes hasta cubrir la totalidad del precio.

Pago en efectivo superior a 2500€. ¿Existen sanciones?

La respuesta es sencilla, sí. Si la Agencia Tributaria detecta alguna irregularidad, bien sea por una denuncia o por cualquier otro medio, hay sanción y su base será la cuantía pagada en efectivo, consistiendo en una multa proporcional a la base de la sanción en un 25%.

En este caso hay que recordar que tanto el receptor como el pagador tendrán que responder de forma solidaria de la infracción y de la sanción que se imponga. La Agencia Tributaria podrá tomar las medidas que estime oportunas contra uno u otro o incluso contra ambos.

Para finalizar, desde vuestra asesoría en Alicante queremos recordaros que según la normativa de la AEAT, si se denuncia en un plazo de tres meses una operación que supere el límite establecido para cualquier clase de pago en efectivo de 2.500 euros, la sanción que se haya impuesto deja de tener vigencia, medida que busca eliminar el dinero negro y la economía sumergida.

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