Como asesoría laboral en Alicante sabéis que siempre os acercamos temas de interés en nuestros artículos y para esta semana queremos tratar con vosotros algo que muchos autónomos se preguntan. ¿Cómo cotiza un autónomo que a la vez es asalariado?
Desde que entró en vigor la conocida Ley de Emprendedores, los asalariados pueden hacer trabajos por cuenta propia. La Seguridad Social les considera como trabajadores en pluriactividad, siempre que la jornada laboral de autónomo sea a tiempo completo o parcial superior al 50%.
Base de cotización de un autónomo en pluriactividad
Tal como marca la normativa, estos trabajadores pueden elegir su base de cotización cuando se den de alta en el Régimen de Autónomos. La base mínima es del 50% de la base de cotización establecida para ese año y se puede alargar durante 18 meses.
Posteriormente cotizará por el 75% de la base mínima establecida aunque se puede elegir una base más alta hasta las máximas que tiene la Ley en este Régimen General.
En caso de trabajadores en pluriactividad que cuenten con empleo por cuenta ajena a tiempo parcial y una jornada superior al 50%, la base mínima a la que pueden optar es al 75% de la base mínima de cotización durante los primeros 18 meses y para los 18 siguientes sería el 85%.
Nuestra labor como asesoría laboral en Alicante es aconsejaros sobre estos y muchos otros temas relacionados con el trabajo y en este caso queremos recordaros que esta clase de trabajadores debe cotizar dos veces a la Seguridad Social, pero a cambio tendrán una reducción de cuotas.
Además, la situación de pluriactividad tiene que estar reflejada tanto en Hacienda como en la Seguridad Social. Por ello hay que darse de alta tanto en el Régimen Especial de Trabajadores Autónomos como en el Impuesto de Actividades Económicas. En caso contrario, no podrá emitir facturas e incluso podría llegar a ser sancionado.