Una de las noticias más candentes en la actualidad son las cláusulas suelo y desde esta asesoría en Alicante queremos informarte de los últimos cambios que hay en torno a su regularización fiscal.
Cambios en la declaración del IRPF por la clausula suelo
Desde la Agencia Tributaria han detallado en un comunicado el tratamiento fiscal de la devolución de lo que se pagó de más por las cláusulas suelo. En este caso, los ingresos obtenidos por la devolución de lo pagado de más no se sumarán a la base imponible del IRPF, ni tampoco lo harán los intereses indemnizatorios que pudieran obtenerse.
A pesar de ello se deben regularizar las eventuales deducciones fiscales aplicadas, bien sea por inversión en vivienda habitual o también como gasto deducible en el caso de actividades económicas. Con ello se devolverá a Hacienda lo que se dedujo en exceso.
En caso de una deducción por compra de vivienda habitual, esta regulación se llevará a cabo sin intereses de demora en la declaración de la Renta. Desde la Agencia Tributaria se ha aclarado que el ajuste se realiza mediante el procedimiento normal para la regularización de deducciones, completando las casillas 524 y 526 de la declaración, no las que están destinadas a los intereses de demora como las casillas 525 y 527.
Por otro lado, también se adelanta que aquellas personas que destinen las devoluciones a reducir su deuda hipotecaria en lugar de cobrarlas en efectivo no tendrán que regular esas deducciones, aunque se aclara que tampoco se tendrá derecho a la aplicación de nuevas deducciones por ese importe.
Como siempre, os recordamos que si tenéis alguna duda al respecto de este tema, en esta asesoría en Alicante estaremos encantados de atenderte en cualquier momento. Tan solo ponte en contacto con nosotros y te daremos cita para solucionar todas tus dudas.