Según el ministro de Hacienda y Administraciones Públicas, Cristóbal Montoro, el IRPF bajará de forma progresiva. Pero esta bajada, se hará primero de las rentas más bajas del país, mientras que otras tendrán que esperar a que España salga de la crisis para que se les retenga menos en renta. Noticia que afecta en gran medida a la asesoría fiscal.
A la hora de constituir nuestra empresa, una de las decisiones más importantes que tiene que llevar a cabo el empresario es sobre la forma jurídica de la empresa, y para ello, si es necesario, cabe pedir ayuda a una asesoría fiscal. Esta decisión es determinante, ya que es muy importante elegir la forma jurídica que más se adecue a las características de la empresa que se va a constituir.
Existen muchos administradores de páginas web que se plantean cuestiones acerca de la obligación o no de tributar por las cantidades económicas que reciben de la publicidad incluida en sus páginas web, una asesoría fiscal puede aconsejarte acerca de este tema.
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¿Has comprado una vivienda durante el año 2013? ¿o la compraste antes del 1 de enero de 2013? La diferencia es importante ¿Por qué? te lo contamos en tu asesoría fiscal de Alicante.
- DEDUCCIÓN POR COMPRA DE VIVIENDA HABITUAL:
Si compraste tu vivienda habitual antes del 1 de enero del 2013 o si has satisfecho las cantidades para la realización de obras de rehabilitación antes de esa fecha (y siempre que estén terminadas antes del 1 de enero del 2017) tienes derecho a la deducción por adquisición o rehabilitación de vivienda habitual:
A 30 de octubre de 2013, se ha publicado en el Boletín Oficial del Estado (BOE), la nueva ley 16/2013, en la que se fijan determinadas medidas en materia de fiscalidad medioambiental y se adoptan otras medidas tributarias y financieras interesantes desde el punto de vista de la asesoría fiscal.
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Actualmente, año tras año aumenta el comercio electrónico lo que origina obligaciones de tributación, y este hecho tiene ciertas ventajas e inconvenientes fiscalmente, lo que afecta a la asesoría fiscal.
¿En qué consiste este régimen? ¿Quiénes lo pueden aplicar? ¿Sobre qué operaciones se aplica? ¿Qué diferencias hay entre el criterio de caja y el criterio de devengo? Las respuestas en tu asesoría fiscal de Alicante.
Este nuevo régimen especial de criterio de caja retrasa el devengo, y por ello también la declaración e ingreso de IVA repercutido hasta el cobro a los clientes del sujeto pasivo. Igualmente se retrasará la deducción del IVA soportado en sus adquisiciones hasta que se efectúe el pago a sus proveedores (criterio de caja doble). La fecha límite será el 31 de diciembre del año inmediato posterior al año en el que las operaciones se hayan efectuado.
En el régimen general el devengo se produce en el momento de la entrega de bienes o prestación de servicios, sin tener en cuenta cuando se produce el pago (excepto en los anticipos). Por lo tanto el aplazamiento del pago no incide en el ingreso del IVA ni en el derecho a su deducción. Pero en este nuevo régimen del criterio de caja el devengo se produce en el cobro, por lo que el derecho a la deducción nacerá con el pago.