Bonificaciones para autónomos en 2017

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Aunque apenas hay cambios respecto a las bonificaciones a los autónomos que fueron ofrecidas desde el año pasado, los trabajadores autónomos podrán seguir disfrutando de algunas de ellas en este presente 2017. Por ello, desde esta asesoría en Alicante queremos recordarte cuáles son algunas de las que podrás beneficiarte si es tu caso.

Estas son las bonificaciones para los autónomos en 2017

Aquellos trabajadores menores de 30 años o mujeres menores de 35 que causen alta inicial o que no hayan cotizado dentro del Régimen Especial de Trabajadores Autónomos los últimos 5 años, contarán con una reducción adicional equivalente al 30% sobre la cuota por contingencias comunes durante los 12 meses siguientes a la finalización del periodo existente de bonificación que hay previsto con carácter general.

Los autónomos que contraten a trabajadores que se encuentren en situación de conciliación de vida personal y familiar, teniendo a su cuidado a menores de 7 años o a familiares en situación de dependencia, disfrutarán de bonificaciones de hasta el 100%. Con las nuevas altas de familiares, colaboradores de trabajadores autónomos, contarán con una bonificación del 50% durante los 18 meses siguientes a la fecha de alta.

Aquellos trabajadores que cuenten con un grado de discapacidad igual o superior al 33% o que hayan sido víctimas de la violencia de género o terrorismo, solo pagarán una cuota de 50 euros por contingencias comunes durante los 12 meses posteriores a la fecha de alta, pero solo si eligen la base mínima de cotización. En caso de elegir una base superior obtendrán una reducción que equivaldrá al 80% de la cuota durante el mismo periodo de tiempo.

Para finalizar, desde esta asesoría en Alicante queremos recordaros que los nuevos autónomos que opten por la base mínima de cotización se beneficiarán de una tarifa plana de 50 euros por la cuota de contingencias comunes durante los primeros seis meses tras la fecha del alta. Aquellos que opten por una superior, la reducción será del 80% durante los seis meses siguientes a la fecha de alta.

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