¿Cuáles son las modificaciones que establece la nueva ley 16/2013 para la asesoría fiscal?

A 30 de octubre de 2013, se ha publicado en el Boletín Oficial del Estado (BOE), la nueva ley 16/2013, en la que se fijan determinadas medidas en materia de fiscalidad medioambiental y se adoptan otras medidas tributarias y financieras interesantes desde el punto de vista de la asesoría fiscal.

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Esta nueva ley introduce diversas modificaciones en materia tributaria, fundamentalmente en el Impuesto sobre Sociedades. También sufren modificaciones otros tributos como el Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas, el Impuesto sobre la Renta de no Residentes y algunos tributos locales. Las medidas más destacadas, interesantes para la asesoría fiscal, que podemos encontrar en la nueva ley son las siguientes: 

• Se prorrogan para los periodos 2014 y 2015 algunas de las medidas temporales que fueron introducidas con carácter excepcional durante 2012 con motivo de la crisis económica, como lo son la limitación de compensación de bases imponibles negativas, la limitación de la deducibilidad de la amortización de intangibles, la limitación a la aplicación de deducciones o el incremento de los pagos fraccionados.

• Se elimina la deducibilidad fiscal del deterioro de valor de las participaciones en el capital o fondos propios de entidades y de las rentas negativas obtenidas por establecimientos permanentes en el extranjero, con efectos para los periodos impositivos iniciados a partir del 1 de enero de 2013, previéndose un régimen transitorio para las pérdidas que se hubieran generado con anterioridad a dicha fecha y otras modificaciones dirigidas a evitar el doble aprovechamiento de las pérdidas fiscales.

• Se crea el Impuesto sobre Gases Fluorados de Efecto Invernadero, con efectos desde el 1 de enero de 2014, que grava, en fase única, la puesta a consumo de estos gases atendiendo al potencial de calentamiento atmosférico.

• Se regula el régimen fiscal de la Sociedad de Gestión de Activos Procedentes de la Reestructuración Bancaria. 

• Se introducen otras modificaciones en el Impuesto sobre Hidrocarburos, el Impuesto sobre la Electricidad, el Impuesto de Matriculación, determinados tributos locales como la plusvalía municipal e IBI y el Impuesto sobre la producción de combustible nuclear gastado y residuos radiactivos resultantes de la generación de energía nucleoeléctrica.

 Estas son las modificaciones más importantes llevadas a cabo en términos fiscales. ¿Entiendes los cambios realizados? Una asesoría fiscal puede servirte de ayuda.

Aitor Sanjuan Sanz

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