Asesoria laboral en materia de extranjería: de estancia por estudios a autorización de residencia y trabajo

Desde nuestra asesoria laboral vamos a indicarles a aquellas personas extranjeras (no nacionales de la UE o Espacio Económico Europeo o Suiza) que vinieron a España con una autorización de estudiante lo que tienen que hacer si quieren solicitar una autorización para residir y trabajar en España por cuenta ajena.

asesoria laboral en materia de extranjeria

 

El requisito básico para que se pueda conceder es que el estudiante que quiera modificar su situación ha de contar con una oferta de trabajo por parte del empleador, por lo que será este último el que tenga que solicitar la autorización.

Los requisitos que ha de reunir el estudiante que quiere modificar su situación son:

  1. Acreditar permanencia continuada en España durante al menos 3 años. Así como haber terminado los estudios.
  2. No haber obtenido becas ni subvenciones durante su estancia en España como estudiante.
  3. Carecer de antecedentes penales en España y en los países donde hubiera residido anteriormente.
  4. Tener contrato de trabajo firmado entre el empresario y el trabajador y que le garantice una actividad continuada durante el periodo de vigencia de la autorización para residir y trabajar. En caso de que se haya pactado un contrato a tiempo parcial, la retribución deberá ser como mínimo igual al SMI para jornada completa y en cómputo anual.
  5. Deberá tener la capacidad profesional requerida para poder desarrollar la labor para la que fue contratado.

En cuanto al empleador:

  1. Deberá estar inscrito en el régimen del sistema de la Seguridad Social y encontrarse al corriente de todos sus pagos a Hacienda y a la Seguridad Social.
  2. Deberá acreditar medios económicos suficientes para poder cumplir con las obligaciones que se deriven del contrato laboral.

El empresario deberá acudir a la Oficina de Extranjería de la provincia donde vaya a prestarse los servicios con el impreso de la solicitud y con los siguientes documentos:

  1. Copia del pasaporte completo
  2. Documento que identifique a la empresa que solicite la autorización
  3. Certificación que acredite haber concluido los estudios
  4. Certificación que acredite que carece de antecedentes penales
  5. Documentación que acredite que el estudiante no ha sido beneficiario de becas o subvenciones de organismos públicos o privados

Todos estos documentos, cuando procedan de país extranjero, han de estar legalizados y en su caso, traducidos.

 

Para cualquier consulta no dude en acudir a su asesoria laboral o, incluso a nosotros mismos.

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