Si está interesado en contratar a titulados universitarios o con formación profesional, nuestra asesoría laboral le explica en qué consiste el contrato en prácticas

asesoría laboral en materia de contrato en practicas Desde nuestra asesoría laboral  vamos a explicarle el contrato en prácticas el cual se hace a personas que han obtenido una titulación universitaria o formación profesional de grado medio o superior con el objetivo de facilitar la práctica profesional de las personas a las que contrate.

 

Es necesario para que se celebre este contrato laboral que el trabajador reúna una serie de requisitos:

  1. Ha de tener una licenciatura o diplomatura universitaria o;
  2. Formación profesional de grado medio o superior o;
  3. Títulos oficialmente reconocidos como equivalentes o;
  4. Certificado de profesionalidad.
  5. Asimismo, se exige para la celebración del contrato en prácticas, que no hayan transcurrido más de 5 años desde la finalización de tales estudios o de su convalidación. No obstante, esta regla general se ve exceptuada en aquellos casos de jóvenes menores de 30 años que vayan a desarrollar su primer empleo, en este caso no será necesario cumplir con este requisito. Para el caso de que vaya a contratar a personas discapacitadas, el plazo general se verá incrementado en 7 años.

Es importante que el puesto de trabajo en el que se incluya al trabajador sea el adecuado para desarrollar los conocimientos obtenidos durante los estudios cursados. Es posible que antes de la celebración del contrato en prácticas, se tenga al trabajador en período de prueba que no podrá exceder de 1 mes o de 2 dependiendo de los estudios cursados.

Es importante que el contrato en prácticas conste por escrito y en él se indique tanto la titulación del trabajador, la duración del contrato que no podrá ser inferior a 6 meses ni superior a 2 años y el puesto de trabajo a desempeñar por el trabajador. Todo ello ha de comunicarlo el empresario al Servicio Público de Empleo dentro de los 10 días siguientes a los de su formalización. Tenga en cuenta que si no cumple con estos requisitos se considerará el contrato celebrado por tiempo indefinido y jornada completa.

El empresario podrá ser beneficiario de incentivos si contrata a un trabajador desempleado menor de 30 años o de 35 con discapacidad igual o superior al 33% teniendo derecho a una reducción del 50% de la cuota empresarial a la Seguridad Social.

 

Ante cualquier duda contacte con nosotros a través de nuestra página web o mediante los números de teléfono facilitados para ello, o bien, acuda a su asesoría laboral.

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