¿La nueva reforma fiscal afecta a los mínimos personal y familiar? En asesoria alicante le resolvemos sus dudas

family-76781_640Con la nueva reforma fiscal impuesta por el actual gobierno, cambiarán algunas cosas a la hora de tener que realizar la renta del 2014 y dentro de estas reformas se encuentran algunos cambios en los mínimos personal y familiar. En asesoria alicante desarrollamos este tema.

De manera general sabemos que el mínimo personal y familiar es la adecuación de IRPF a las circunstancias personales y familiares del contribuyente y cuya función es cuantificar aquella parte de la renta que, por destinarse a satisfacer las necesidades básicas personales y familiares, no se somete a tributación.

Primero os exponemos el cambio en el mínimo personal, el cual aumenta desde los 5151€ actuales, hasta los 5550€ a partir de 2015. Para los mayores de 65 años o de 75 años, las cantidades acumulativas no varían.

En segundo lugar, está el mínimo familiar, que tiene algún cambio importante. Los desarrollamos por orden de aplicación al IRPF:

1) Para los dos primeros hijos mayores de 18 años y con rentas menores a 8000€, la cantidad exenta del primer hijo pasa de 1836€ a 2400€; y del segundo, de 2040€ a 2700€. Un incremento cercano al 33%.

2) Para el tercer hijo, ya más limitado, la exención aumenta desde los 3672€ a los 4000€, la cuál podría llegar hasta los 4500€ para aquellos contribuyentes con cuatro hijos o más frente a los 4182€ que hay actualmente.

3) Los contribuyentes con hijos menores de tres años, verán aumentada su exención hasta los 2800€ ( 556€ más que las pasadas declaraciones)

4) Las familias con personas mayores a su cargo, con más de 65 años, la exención pasará de los 918€ a los 1150€; que también se amplía para los mayores de 75 años hasta los 2550€ .

5) En el caso de tener familiares con discapacidad, se registrará un aumento del 29%, por lo que rondará entre los 3000€ y los 12000€ (siempre en función del grado de discapacidad que tenga el familiar)

Las cantidades obtenidas por el concepto de mínimo personal y familiar, se restan en la cuota obtenida por los ingresos, que son los rendimientos de trabajo y los rendimientos del capital, para reducir la cuota tributaria. 

A partir de 2015, la cantidad restada será menor, ya que el incremento de los mínimos no ha sido suficiente para compensar el efecto de la bajada de los tipos impositivos.

Además, el gobierno también ha decidido ampliar los llamados “impuestos negativos” que consisten en que el contribuyente puede pedir por adelantado las cantidades deducibles, estas serán de 1200€ al año o 100€ al mes. Este tipo de impuestos ya se utilizaba, por ejemplo, para el caso de las mujeres trabajadoras con hijos menores de 3 años. A partir de ahora, se extenderá para las familias con hijos dependientes o ascendientes con discapacidad mayor al 33%, también para las familias numerosas en esta situación.

También puntualizar que estos impuestos son acumulativos, es decir, un misma familia que cumpliera dos requisitos podría desgravarse 2400€al año o 200€ al mes.

Todo esto, lo podremos encontrar de forma mucho más detallada con la lectura de la norma en el ministerio de hacienda y administraciones públicas

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